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  • La gestión de residuos se orienta hacia la economía circular

    La entrada en vigor de la nueva legislación en materia de residuos fomenta la prevención, la reutilización y el reciclaje

    06 de Mayo de 2022

    La entrada en vigor de nueva ley de residuos y suelos contaminados supone un acercamiento a la directiva europea y a las políticas de economía circular. Su objetivo es reducir al mínimo los efectos negativos de la generación y gestión de los residuos en la salud humana y el medio ambiente, fomentando la reutilización y el reciclaje.

    Esta norma deroga la ley de 2011 y revisa aspectos como la responsabilidad del productor del residuo, la aplicación de los conceptos de subproducto y fin de la condición de residuo o la actualización del régimen sancionador. Además, se amplían los registros electrónicos y obligaciones de información para productores y gestores, con el objeto de mejorar la trazabilidad y aumentar la transparencia en la gestión de los residuos.

    • Clasificación de residuos, autorización de subproductos y fin de condición de residuo

    La clasificación de los residuos se hará de conformidad con la lista establecida en la Decisión 2014/955/UE sobre la lista de residuos y se especifica que la consideración de un residuo como peligroso se determinará según dicha lista y cuando sea necesario, conforme los criterios descritos en el Anexo I de la Ley, donde se describen las características de los residuos que permiten calificarlos como peligrosos (conforme lo establecido en el Reglamento (UE) nº 1357/2014).

    La Ley confiere competencias a las comunidades autónomas para la autorización de determinadas sustancias como subproductos, siempre que sea resultante de un proceso de producción, cuya finalidad primaria no sea la producción de esa sustancia u objeto, así como para declarar el fin de la condición de residuo, una vez que este haya sido sometido a una operación de valorización, incluido el reciclado.

    • Gestión de residuos

    La Ley obliga a las comunidades autónomas a observar los principios de proximidad y autosuficiencia. Un determinado residuo valorizado en una instalación ubicada en su comunidad autónoma, podrá ser usado como producto en una actividad o proceso dentro del mismo territorio, o en otra comunidad autónoma, previa declaración favorable de la administración competente en dicho territorio. 

    Se establece que la eliminación de los residuos deberá llevarse a cabo de manera segura, y en el caso del depósito en vertedero, tras haber sido sometidos a un tratamiento previo. Se prohíbe:

    • la incineración, con o sin valorización energética, y el depósito en vertedero de los residuos recogidos de forma separada para su preparación para la reutilización y para su reciclado.
    • la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola salvo autorización individualizada otorgada con carácter excepcional por razones fitosanitarias.
    • el reciclado de residuos que contengan contaminantes orgánicos persistentes (COP) cuando no se pueda garantizar la destrucción o transformación irreversible del contenido del COP. Dichos residuos deben destinarse a su eliminación.

    También establecen medidas específicas para biorresiduos, aceites usados y residuos de construcción y demolición (RCDs). En este último caso, cabe destacar que, a partir del 1 de julio de 2022, es obligatorio clasificar los RCDs no peligrosos distintas fracciones preferentemente en el lugar de generación de los residuos y, a partir del 1 de enero 2024 la demolición deberá realizarse de forma selectiva, previo estudio en el que se identifiquen las cantidades que se prevén generar de cada fracción.

    Tanto las operaciones de valorización o eliminación de residuos sin instalación (relleno, tratamiento de los suelos, entre otros) como las instalaciones móviles de tratamiento de residuos quedan sometidas a autorización.

    Finalmente, la Ley establece la obligación de presentar una declaración responsable en caso de cese de actividad, con el fin de dar de baja la inscripción correspondiente en el Registro de producción y gestión de residuos.

    • Responsabilidad Ampliada del Productor y responsabilidad del poseedor

    La ley prevé el establecimiento de medidas de obligado cumplimiento para los productores para promover la prevención y mejorar la reutilización, el reciclado y la valoración de residuos. Estas son relativas al diseño para la reducción de su impacto ambiental y la generación de residuos a lo largo de su ciclo de vida; a proporcionar información para el tratamiento o gestión de los residuos; a reutilizar materiales usar residuos valorizados; a aumentar periodos de garantías de productos; o a proporcionar información para la reparación de los productos.  

    Se amplía la definición de productor, incluyendo a aquellos que “llenen” productos, a los que vendan desde otro país.

    Por lo que respecta a las obligaciones financieras y organizativas, se mantiene la posibilidad de cumplirlas a través de sistemas individuales o colectivos, cuya constitución sigue sometida a comunicación previa o autorización, respectivamente. Entre los costes a sufragar mediante garantías financieras figurarán los correspondientes a la recogida separada, transporte y tratamiento de los residuos; la información facilitada a sus poseedores sobre prevención, reutilización, devolución y recogida; la recogida y comunicación de datos y la suscripción de las garantías financieras. El 1 de abril se publicó también el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, que regula las cuestiones relativas a la cobertura de las responsabilidades en las diferentes fases de la producción y gestión de los residuos.

    Por otra parte, se establece que la responsabilidad del productor inicial o poseedor del residuo no concluirá hasta que quede debidamente documentado el tratamiento completo del residuo a través de los correspondientes documentos de traslado de residuos, y cuando sea necesario, mediante un certificado o declaración responsable de la instalación de tratamiento final.

    • Amianto

    La ley otorga un plazo de un año a los ayuntamientos para elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos que tengan materiales con amianto, así como un calendario para planificar su retirada, añadiendo que los emplazamientos públicos con mayor riesgo deberán ser retiradas antes de 2028.

    El texto, sin embargo, no define cómo debe realizarse la identificación de sitios con amianto ni la priorización de emplazamientos con mayor riesgo. Cabe destacar que el Parlamento Europeo en su resolución del 20 de octubre de 2021 proporciona recomendaciones para incluir una Directiva Marco Europea que permita definir las estrategias de eliminación de amianto, y la necesidad de actualizar la Directiva 2009/148/CE y de reducir los límites de exposición de los trabajadores al amianto.

    • eSIR

    Con el objetivo de armonizar y mejorar la información y trazabilidad de los residuos, se regula el Sistema electrónico de Información de Residuos (eSIR), constituido por los registros, plataformas y herramientas informáticas que permiten disponer de la información necesaria para realizar el seguimiento y control de la gestión de los residuos y suelos contaminados en España. La norma regula la remisión a la Administración de memorias anuales, como una obligación que se extiende a los productores, transportistas profesionales, negociantes o agentes de residuos peligrosos, así como a aquellos que valoricen o eliminen residuos sin instalación o en instalaciones móviles.

     

    La ley de residuos y suelos contaminados incorpora otra serie de disposiciones, como la limitación a los plásticos de un solo uso, incluyendo el impuesto por su fabricación, importación o adquisición; el gravamen al depósito de residuos en vertederos, así como a la incineración de residuos que ya aplicaban algunas comunidades; el fortalecimiento de la recogida separada o el derecho a reparar aparatos electrónicos.

     

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